Cómo trabajar en la Administración Pública sin aprobar un examen

Los funcionarios interinos son los que, por razones de necesidad y urgencia, son nombrados para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
b) La sustitución de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

Las listas de espera institucionales son las que se forman a partir de convocatorias de pruebas selectivas (oposición o concurso-oposición) para el acceso a la Función Pública.

Las convocatorias de oposición o concurso-oposición para funcionarios de carrera podrán prever la formación de listas de espera para la selección de funcionarios interinos. Entrarán en vigor cuando se publiquen en el BOLETÍN OFICIAL una vez finalizadas las pruebas selectivas, quedando anuladas las listas de procesos selectivos anteriores del Cuerpo, Escala o Especialidad de que se trate.

En el caso de la oposición a los Cuerpos de Ingenieros de la Comunidad de Madrid, especialidad Industria, Energía y Minas, en convocatorias anteriores se ha formado una lista de espera con los aspirantes del turno libre que obtuvieron como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superaron el proceso selectivo.

El orden de los aspirantes en la lista se determinaba por:

— Suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, en los ejercicios superados de la oposición.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de 3 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación se atendía a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De continuar empate entre estos aspirantes, se dirimirá conforme al siguiente criterio.

— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base de la convocatoria.

En los cuerpos de Cuerpos de Ingenieros de la Comunidad de Madrid, especialidad Industria, Energía y Minas, las listas se utilizan y se agotan relativamente rápido. Además, como las convocatorias están espaciadas entre sí, los interinos que entran suelen tener trabajo por un tiempo prolongado.

Otra razón más para plantearte esta oposición…

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