Como ya sabéis, se publicó la ORDEN 439/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Industria, Energía y Minas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.
A continuación, os respondemos a algunas cuestiones que seguro ya os estáis planteando:
¿Qué plazo tengo para apuntarme?
El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid
Las instrucciones están bastante claras en la Orden.
¿Qué necesito para presentarme?
Lo que dice la Orden es “Estar en posesión del título de Ingeniero o del título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero.”
Recordad que además el resto de requisitos se recogen en la Orden 290/2018, de 27 de junio. De forma resumida:
- Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Nacionalidad: Tener la nacionalidad española (la casuística es más amplia, recomendamos consultar la Orden 290/2018.
- Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo, escala y/o especialidad al que se pretende acceder.
- Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones.
- No ostentar la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala sobre el que versa el presente proceso selectivo.
El enlace para presentar la solicitud está AQUÍ
¿Qué documentación necesito adjuntar a las solicitudes?
La propia Orden indica que:
“a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la Base 2.2 de la presente convocatoria.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la Base 3.2 de la presente Orden”
¿Cuántas plazas se convocan?
Se convocan 17 plazas (10 vinculadas a tasa de reposición ordinaria, 4 vinculadas a tasa de estabilización de empleo temporal y 3 reservadas para personas con discapacidad).
¿Hay diferencias con el proceso anterior?
Hay pocas diferencias, pero relevantes.
- La primera es que a diferencia con la convocatoria anterior en la que la bolsa de empleo accedías sin necesidad de aprobar ningún examen (obteniendo un 3 en el primer ejercicio), esta vez la convocatoria exige aprobar el primer examen (es decir, obtener una nota de 5).
- Otra diferencia es que en la convocatoria anterior para aprobar el segundo ejercicio bastaba con obtener un 5 de media aritmética en este ejercicio y “no haber obtenido menos de tres puntos en alguno de los temas”. Ahora, además de obtener un 5 de media aritmética, es preciso obtener un 5 en cada uno de los temas.
¿Ha cambiado mucho el temario respecto al de la convocatoria pasada?
Desde la convocatoria pasada en 2018 han transcurrido 3 años, por lo que es normal que el temario se tenga que actualizar: hay epígrafes que quedan obsoletos y nuevos epígrafes correspondientes a políticas actuales… pero a pesar de ello, las modificaciones son menores.
Han aparecido 4 temas nuevos, que sustituyen a otros temas que se han eliminado o refundido.
Conclusión
Esta convocatoria es muy parecida a la del año 2018 y el temario prácticamente no ha cambiado y el proceso selectivo es muy similar.
Es el momento de dar el salto y preparar estas oposiciones. ¡anímate!